Un juez anula un contrato financiero por falta de información al cliente

Un juez anula un contrato financiero por falta de información al cliente
  • El Juzgado de Primera Instancia número dos de Úbeda dictó una sentencia por la que se anula un contrato de permuta financiera suscrito entre un asociado de Ausbanc (Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios) y el entonces Banco de Andalucía, hoy Banco Popular. El cliente, un particular, formalizó un préstamo hipotecario con la entidad, cuyo personal le manifestó la necesidad de cubrirse de la posible subida de los tipos de interés. Esto le pareció lógico al cliente, que confiaba en una entidad con la que trabajaba desde hacía años. Sin embargo, la entidad no respondió a la confianza depositada.

Según el juez, un contrato de estas características tiene que ir reforzado con una información exhaustiva previa, pues está catalogado por organismos reguladores como «contrato complejo». El cliente creía que estaba firmando un seguro que le cubría una posible subida del Euríbor, manteniéndole un interés fijo. Y no sabía que este producto le perjudicaba si el Euríbor bajaba pues, según el letrado de Ausbanc, José Andrés Serrano, la permuta financiera «es una cláusula-suelo encubierta» que no sólo no permite beneficiarse de la reducción del citado referencial hipotecario, sino que además obliga a pagar más si esto ocurre.

Pablo Pérez, delegado territorial de Ausbanc, aseguró que este es un producto especulativo complejo, al que denominan «tóxico» porque perjudica seriamente la economía doméstica y de las pequeñas y medianas empresas que lo contratan, «muchas de las cuales están llegando a la ruina». Y en este caso, como en tantos otros, manifestó que el banco «engañó» al cliente porque explicó una cosa muy distinta a la que se estaba firmando.

El afectado

El afectado, Vicente Fernández, así lo corroboró. Según dijo, el director del banco le vendió una cosa y luego se encontró otra que le estaba suponiendo un gasto tremendo. Así, recurrió a Ausbanc para obtener asesoramiento e iniciar el proceso judicial. Ayer lo contaba satisfecho, añadiendo que había decidido comparecer ante los medios por ayudar a quienes tengan un problema similar, pues precisamente él supo que le habían estafado tras leer una noticia de un caso idéntico aparecida en un periódico.

El juez considera que existió falta de información al cliente que determina la nulidad del contrato. La sentencia hace responsable a la entidad bancaria de la acreditación de la información que se debe de facilitar a todo cliente, y considera que no ha quedado probado que se le informara de los riesgos que asumía firmando.

Del mismo modo, el magistrado entiende que el contenido del contrato suscrito adolecía de graves omisiones de información, «que abundan en el error padecido por el demandante». Por todo ello, el magistrado declara la nulidad del contrato de permuta financiera de tipos de interés, y obliga a la entidad a devolver al cliente las cantidades que le habían sido cobradas en virtud del mismo.