Ordenan a un banco a restituir 10.002 euros a un comerciante de Úbeda
El Banco Santander deberá de pagar 10.002 euros, más los intereses, a un comerciante de Úbeda que suscribió un contrato de tipos de interés «collar» (limitar el riesgo de subida y bajada del tipo de interés variable) por valor de 100.000 euros sin recibir información precisa del riesgo que asumía.
EFE
Miércoles, 11 de mayo 2016, 15:04
Así lo ha estimado tanto el juzgado número uno de Úbeda, en primera instancia, como la Audiencia Provincial de Jaén ratificando la primera sentencia, según ... un comunicado del abogado jienense Fernando Priego, cuyo bufete lleva el caso.
Prieto ha destacado la importancia de las resoluciones judiciales, que han dado la razón al comerciante que regenta una tienda de ropa de mujer, por la cantidad de 10.002 euros, así como el montante de los intereses legales que la entidad tiene que devolverle.
Durante el juicio, el bufete jienense sustentó su estrategia en la complejidad del contrato suscrito por su cliente, un hombre con estudios primarios, no familiarizado con instrumentos financieros. Además fue el banco el que unilateralmente le ofreció el producto, extremo que considera probado el juez, quien alude en los fundamentos de derecho a una serie de sentencias de la Audiencia Provincial de Jaén que desgranan el modo en que entidades financieras se aprovechan de la confianza que en ellas depositan clientes con determinada solvencia patrimonial.
Así sucede con el comerciante de Úbeda, añade el juez, quien fundamenta su criterio en la liquidación negativa efectuada por la propia entidad financiera a su cliente, cifrada en 2.866,26 euros, y el coste de cancelación del contrato, que se eleva a 7.136 euros.
Al respecto, el juez considera que en el juicio no quedó acreditado que el demandante tuviese los conocimientos financieros necesarios para comprender los términos del contrato, que el banco le había ofrecido para prevenir el riesgo generado por los préstamos que tenía concertados.
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